1 · La categoría abierta
Kosovo no aplica el reglamento europeo: su reglamento (AAC) 01/2026 (firmado el 22 de enero de 2026, deroga los reglamentos 01/2017 y 01/2021) depende de la AAC (autoridad de aviación civil). Los drones se clasifican por masa: A1 (de 250 g a 1 kg), A2 (1 a 4 kg), A3 (4 a 25 kg), A4 (25 a 150 kg). Quedan excluidos los drones de menos de 250 g (con condiciones de velocidad, de alcance de 15 m y de 30 m de altura) y los drones de Estado.
- Altura: 120 m sobre el suelo; vuelo en visión directa (VLOS), a un máximo de 500 m del piloto, fuera del espacio aéreo controlado.
- Distancias: al menos 30 m de personas, animales e instalaciones; al menos 120 m de las concentraciones de personas; se fijan radios de 1 a 2 km alrededor de la frontera, del aeropuerto de Pristina y de las bases militares (art. 8.4).
- Edad mínima: 16 años para las categorías A2, A3 y A4, con aptitud médica y examen.
- De día únicamente; vuelo nocturno o evento especial: autorización de la KFOR, de la Policía y de la ANSA solicitada 30 días antes.
- Prohibidos: el transporte de bienes o de pasajeros, el lanzamiento de objetos, el alcohol y las sustancias, la toma de imágenes de los edificios gubernamentales, de la KFOR, de EULEX y de las misiones diplomáticas sin autorización escrita (incautación del dron por la Policía o la KFOR).
2 · Zonas: el archivo KMZ de KANS
No existe ninguna aplicación oficial. La agencia de navegación aérea KANS publica un archivo KMZ «Drone y UAS — zonas restringidas» (21 polígonos: frontera, aeropuerto de Pristina, bases de la KFOR, zonas de exclusión, campos de tiro), accesible sin cuenta y modificado el 21 de julio de 2026; no incluye ni altura ni fecha de validez, y no se indica ninguna licencia. Toda operación requiere una autorización del AIS de KANS al menos 3 días hábiles antes, para la coordinación cívico-militar.
⚠️ El mapa de Glydar no muestra la normativa de Kosovo: prevalece el archivo KMZ de zonas restringidas de KANS, que debe consultarse antes de cada vuelo — véase la cobertura, país por país.
3 · Registro, examen y seguro
- Registro: obligatorio antes de cualquier vuelo, ante la AAC (solicitud al menos 5 días hábiles antes, con documento de identidad, antecedentes penales, fotos, manual y declaración). Válido 4 años. Tasas: 25 € (A1), 50 € (A2), 125 € (A3), 250 € (A4). El dron lleva un código QR.
- Examen: tasas de 25 € (A2), 50 € (A3), 75 € (A4); 75 % de respuestas correctas; certificado válido 4 años.
- Seguro: se exige un seguro de responsabilidad civil «si la ley sobre el seguro obligatorio de la circulación lo exige»: el texto es condicional.
4 · FPV y vuelo nocturno
FPV: el reglamento exige la visión directa; no se indica ninguna mención explícita del FPV ni de un observador.
De noche: el vuelo está autorizado solo de día; de noche exige la autorización de la KFOR, de la Policía y de la ANSA.
5 · Antes de cada vuelo
- Consultar el archivo KMZ de KANS; autorización del AIS de KANS 3 días hábiles antes.
- Dron registrado (4 años); 16 años desde A2; examen.
- Solo de día, visión directa, 500 m como máximo; 30 m de las personas, 120 m de las concentraciones.
Esta guía divulga: no sustituye ni los textos oficiales ni una verificación actualizada. En caso de duda: la AAC de Kosovo (autoridad de aviación civil).
6 · Sanciones: lo que dice la ley
El reglamento (art. 15) remite a los artículos 96 y 97 de la ley 03/L-051 sobre la aviación civil y al reglamento (AAC) 02/2019 sobre las multas administrativas:
- De 50 a 2 000 € para la persona responsable (propietario u operador) que vuele incumpliendo las condiciones del reglamento (punto 12.2 del reglamento 02/2019); de 2 500 a 15 000 € para una persona jurídica.
- La ley (art. 97) limita la multa administrativa a 150 000 € por infracción; una persona física que obstaculice a la AAC se arriesga a hasta 10 000 € (art. 96).
- En las fuentes consultadas no se indica ninguna sanción penal.
La atribución exacta del importe de 50 a 2 000 € al punto 12.2 no es unívoca en la maquetación del baremo. Prevalece el texto de la ley, no esta página.
7 · Tu responsabilidad, y lo que hace Glydar
Glydar informa; no exime de nada. Esta guía recoge fuentes oficiales pero no es una fuente oficial, no garantiza ni que estén completas ni que estén actualizadas, y no equivale a una autorización de vuelo.
El piloto remoto sigue siendo el único responsable de su vuelo y de su cumplimiento, como recuerdan las condiciones de uso. Todo lo necesario para comprobarlo está al alcance: la cobertura, país por país, el mapa oficial y los textos citados a continuación.