1 · La categoría abierta
El reglamento europeo se aplica en Chipre, y la autoridad es el DCA (departamento de aviación civil, Ministerio de Transportes). Su portal: menos de 25 kg, vista directa, 120 m como máximo, o un observador — véase el marco europeo. No hay ninguna norma nacional propia sobre la altura ni las distancias.
- Edad mínima del teleoperador: 16 años. Por debajo, se puede volar bajo la supervisión de una persona de 16 años o más.
2 · Zonas: las geozonas nacionales
Chipre ha fijado sus zonas geográficas mediante el decreto 190/2024, modificado en 2025. El mapa oficial y su archivo se publican en el portal. El DCA advierte de que la mayoría de los drones DJI contienen un mapa de zonas preinstalado para Chipre que no es el correcto.
- Zona A, en torno a los aeropuertos de Lárnaca y de Pafos: el vuelo está estrictamente prohibido, y el DCA habla de multas elevadas y de prisión.
- Zona B: las operaciones en categoría abierta están restringidas, con un permiso especial del DCA, un formulario presentado 7 días hábiles antes (las fichas de los aeropuertos dicen 10), y un seguro de responsabilidad de 1 000 000 €.
- Fuera de zona, un operador de otro Estado de la UE se mantiene al menos a 8 km de los aeropuertos y helipuertos, fuera de las zonas prohibidas.
⚠️ El mapa de Glydar no muestra la normativa de Chipre: el mapa oficial de geozonas del DCA prevalece y debe consultarse antes de cada vuelo — véase la cobertura, país por país.
3 · Registro, examen y seguro
- Registro del operador: a partir de los 18 años (si no, se registra una persona responsable); 15 €, válido 3 años.
- Examen A1/A3: 40 preguntas, 75 %, 3 intentos, 15 €; certificado válido 5 años. Un C0 de menos de 250 g: examen no obligatorio, recomendado.
- Seguro: solo la zona B comporta una obligación indicada en las fuentes consultadas (1 000 000 €).
4 · FPV y vuelo nocturno
FPV: el DCA indica que se puede recurrir a un observador para vigilar el espacio aéreo.
De noche: las fuentes consultadas no indican ninguna norma chipriota; se aplica el marco europeo (luz verde intermitente).
5 · Antes de cada vuelo
- Consultar el mapa de geozonas del DCA, no el del fabricante.
- Zona A: no volar. Zona B: permiso y seguro.
- Operador registrado (3 años); certificado A1/A3 según la clase.
Esta guía divulga: no sustituye ni los textos oficiales ni una comprobación actualizada. En caso de duda: el DCA (departamento de aviación civil).
6 · Sanciones: lo que dice la ley
El decreto 190/2024 (art. 7) dice que quien lo infrinja queda sujeto a los artículos 243 a 258 de la ley 213(I)/2002, aplicados por analogía. El texto de estos artículos no está disponible en una fuente oficial consultada:
- El DCA escribe que la infracción de la ley constituye un delito sancionable con penas, y que la zona A conlleva multas elevadas y prisión. No se da ningún importe.
Hace fe el texto de la ley, no esta página; en caso de duda, véase el DCA.
7 · Tu responsabilidad, y lo que hace Glydar
Glydar informa; no exime de nada. Esta guía recoge fuentes oficiales, pero no es una fuente oficial, no garantiza que estén completas ni actualizadas, y no equivale a una autorización de vuelo.
El teleoperador sigue siendo el único responsable de su vuelo y de su conformidad, como recuerdan las condiciones de uso. Todo lo necesario para comprobar está al alcance: la cobertura, país por país, el mapa oficial y los textos citados más abajo.