1 · La categoría abierta
El reglamento europeo se aplica en Bélgica, el real decreto del 8 de noviembre de 2020 lo ejecuta, y la autoridad es la DGTA (dirección general de Transporte Aéreo del SPF Movilidad). La DGTA resume la categoría abierta: vuelos a la vista, a 120 m como máximo del suelo, con un dron de menos de 25 kg, sin lanzamiento de objetos, respetando las geozonas — véase el marco europeo. Las subcategorías:
- A1 — sobrevuelo de personas posible durante un tiempo limitado, nunca de una concentración; C0, C1, o de construcción propia de menos de 250 g.
- A2 — nunca sobrevuelo de personas no implicadas; al menos 30 m (5 m en modo de baja velocidad).
- A3 — lejos de las zonas habitadas: al menos 150 m de las zonas residenciales, comerciales, industriales o recreativas, y al menos 30 m de las personas.
- Edad mínima (real decreto, art. 7): 14 años en A1 y en A3; 16 años en A2. Ninguna edad mínima para un juguete C0 o un dron de construcción propia de menos de 250 g.
- De noche: el vuelo nocturno está autorizado en categoría abierta, si el vuelo sigue siendo a la vista (VLOS) y una luz de navegación verde intermitente permanece encendida durante todo el vuelo.
2 · Zonas geográficas: la orden ministerial del 21 de diciembre de 2020
El mapa nacional oficial es Droneguide, presentado por skeyes. Las condiciones de las geozonas se suman a las reglas de la categoría abierta, y si un vuelo se sitúa en varias zonas, se aplican las más restrictivas. Las principales:
- Aeropuertos — franja de pista: todas las operaciones en categoría abierta están allí prohibidas (3 km a cada lado de los umbrales, 2 km de ancho). En los alrededores de los aeropuertos, otras dos zonas limitan la altura a 150 ft (unos 45 m) AGL, una de ellas con notificación del vuelo al menos tres horas antes.
- Prisiones: zona de amortiguación de 100 m, hasta 500 ft AGL — autorización previa del gestor y sistema de identificación directa a distancia. Instalaciones nucleares, dominios reales, puertos marítimos, aeródromos civiles no controlados: autorización previa del gestor de la zona. Instituciones públicas de Bruselas: zona EBR-01.
- Zonas de control: skeyes indica que se puede volar en gran parte de las zonas de control alrededor de los grandes aeropuertos con solo notificar el vuelo con antelación, mediante la herramienta Drones & Aerial Activities.
- La orden ministerial no prevé ninguna zona nacional para los espacios naturales ni para las zonas pobladas.
⚠️ El mapa de Glydar no muestra la normativa de Bélgica: prevalece el mapa oficial Droneguide, que debe consultarse antes de cada vuelo — véase la cobertura, país por país.
3 · Registro, formación y seguro
- Registro del operador ante la DGTA, mediante el Drone Portal: obligatorio salvo para un dron de menos de 250 g sin cámara ni sensor de datos personales, o un juguete de menos de 250 g. El número se coloca en todos los drones; se registra al operador, no al dron. Las páginas consultadas no indican ni tarifa ni duración de validez.
- Formación: A1/A3, teoría y examen en línea gratuitos, certificado válido durante cinco años; A2: examen teórico gratuito en los locales del SPF, certificado válido durante cinco años. Por debajo de 250 g basta con conocer bien el manual (formación recomendada). Sin certificado médico.
- Seguro de responsabilidad civil: el real decreto (art. 12) lo impone a todo operador en categoría abierta, salvo para un uso exclusivamente privado con un dron de menos de 900 g; a partir de 20 kg, según el reglamento europeo 785/2004. Las páginas de la DGTA consultadas hablan del seguro sin esta exención y sugieren que el seguro familiar puede cubrir el ocio. No se da ningún importe mínimo.
4 · FPV y vuelo inmersivo
Las fuentes consultadas no indican ninguna regla belga propia del FPV en categoría abierta: se aplica el marco europeo — vista directa, u observador junto al piloto. El real decreto lo dice expresamente para los clubes de aeromodelismo: el vuelo inmersivo se permite si una segunda persona mantiene el aeromodelo a la vista directa y puede informar al piloto de cualquier peligro.
5 · Antes de cada vuelo
- Consultar Droneguide: franja de pista, alrededores de los aeropuertos, prisiones, dominios reales, instalaciones nucleares.
- Número de operador en el dron, certificado si el dron supera los 250 g, seguro.
- De noche: la luz verde intermitente, y el vuelo a la vista.
Esta guía divulga: no sustituye ni a los textos oficiales ni a una comprobación actualizada. En caso de duda: DGTA, Droneguide, skeyes.
6 · Sanciones: lo que dice la ley
Las sanciones del derecho aéreo belga son generales: no se refieren expresamente a los drones. Esto es lo que prevén los textos, sin añadirles nada:
- Infracciones de los reglamentos europeos sobre aviación civil y de los reales decretos (ley del 27 de junio de 1937, art. 32): prisión de ocho días a un año y multa de 200 a 4 000 000 €, o solo una de estas penas. Para los reglamentos del ministro: multa de 200 a 1 000 000 €.
- Multa administrativa (ley de 1937, art. 45 a 48): impuesta por un funcionario de la DGTA; los importes mínimo y máximo son los de la multa penal, incrementados con los décimos adicionales.
- Prohibición de vuelo (real decreto, art. 11): el ministro o su delegado puede prohibir todo vuelo a un piloto que haya infringido, deliberadamente o por negligencia, los requisitos de operación de la categoría abierta (UAS.OPEN.060), hasta 24 meses.
⚠️ La versión consultada de la ley de 1937 está consolidada a 2 de julio de 2018; una versión más reciente no se comprobó. Son límites máximos: la autoridad valora. Son los del texto en la fecha de verificación de esta guía (octubre de 2026) — prevalece el texto de la ley, no esta página.
7 · Tu responsabilidad, y lo que hace Glydar
Glydar informa; no exime de nada. Esta guía recoge fuentes oficiales pero no es una fuente oficial, no garantiza ni que estén completas ni que estén actualizadas, y no equivale a una autorización de vuelo.
El piloto a distancia sigue siendo el único responsable de su vuelo y de su conformidad, como recuerdan las condiciones de uso. Todo lo necesario para comprobar está al alcance: la cobertura, país por país, el mapa oficial y los textos citados a continuación.
Fuentes oficiales
- SPF Movilidad (DGTA) — drones (UAS): portal ↗
- SPF Movilidad (DGTA) — la categoría abierta ↗
- SPF Movilidad (DGTA) — preguntas frecuentes ↗
- SPF Movilidad (DGTA) — la categoría específica (la guía oficial, que Glydar no recoge) ↗
- skeyes — usted y su dron (mapa Droneguide, herramienta Drones & Aerial Activities) ↗
- Droneguide — el mapa nacional oficial de las zonas geográficas UAS ↗
- Real decreto del 8 de noviembre de 2020 por el que se ejecuta el reglamento (UE) 2019/947 ↗
- Orden ministerial del 21 de diciembre de 2020 — zonas geográficas UAS fijas ↗
- Ley del 27 de junio de 1937 sobre la navegación aérea (art. 32 y 45 a 48: sanciones) ↗
- Reglamento de ejecución (UE) 2019/947 — normas y procedimientos aplicables a la operación de aeronaves no tripuladas ↗