Normativa · Portugal

Volar un dron en Portugal: la guía de la normativa

Actualizado · octubre de 2026 · 7 min · fuentes ANAC / Diário da República

1 · La categoría abierta

El reglamento europeo se aplica en Portugal, y la autoridad es la ANAC (autoridad nacional de aviación civil). En categoría abierta no hace falta ninguna autorización de la ANAC: se vuela a la vista (VLOS), a 120 m como máximo del terreno, y nunca sobre concentraciones de personas — véase el marco europeo. Según la ANAC:

  • A1 — dron C0, o de menos de 250 g; con un C1, nunca se sobrevuelan concentraciones de personas, y se reduce al mínimo el sobrevuelo de personas no implicadas.
  • A2 — no a menos de 30 m de personas no implicadas; 5 m con una función de baja velocidad (nunca cerca de una concentración).
  • A3 — a más de 150 m de zonas residenciales, comerciales, industriales o de ocio (parques urbanos, zonas de recreo).
  • De noche: permitido, de día y de noche, sin autorización de la ANAC, con una luz verde intermitente activa en el dron.
  • Edad mínima: no se ha encontrado ninguna norma nacional; se aplica el reglamento europeo (16 años, salvo juguete C0 en A1 o dron de construcción propia de menos de 250 g).

2 · Zonas: el mapa de la ANAC y las restricciones que se mantienen

La ANAC publica las zonas geográficas UAS en su mapa «Zonas Geográficas UAS» (descargables en KML o JSON ED-318): se consultan antes de cada vuelo. Una actualización del 30 de septiembre de 2026 incorpora las zonas de exclusión publicadas por NOTAM. A la espera de la orden prevista, siguen vigentes restricciones del antiguo reglamento ANAC 1093/2016 (DL 87/2021, art. 22):

  • Aeródromos con ATZ: permiso previo del servicio de información de vuelo. Aeródromos sin zona de control ni ATZ: hasta 120 m, dentro de un círculo de 2,5 km de radio, autorización expresa del director del aeródromo.
  • Helipuertos (protección civil, hospitales): círculo de 1 km de radio, salvo autorización expresa de la ANAC.
  • Edificios sensibles — órganos de soberanía, embajadas y consulados, instalaciones militares, fuerzas de seguridad, prisiones: no se vuela sin autorización. También las zonas prohibidas, peligrosas o restringidas publicadas.
  • Imágenes aéreas: la ANAC indica que hace falta una autorización de la Autoridad Aeronáutica Nacional (Fuerza Aérea portuguesa). Su sitio web no se puede consultar de forma automática.

⚠️ El mapa de Glydar no muestra la normativa de Portugal: prevalece el mapa de la ANAC, que se consulta antes de cada vuelo — véase la cobertura, país por país.

3 · Registro, certificado y seguro

  • Registro del operador en uas.anac.pt: obligatorio para un dron de 250 g o más, de más de 80 julios de energía de impacto, o dotado de un sensor de datos personales — basta una cámara, un vídeo o un micrófono. El número se coloca en cada dron. La página de la ANAC anuncia una revalidación cada tres años y se contradice sobre la duración; no se indica ninguna tarifa.
  • Certificado: A1/A3 mediante formación y examen a distancia en rp.anac.pt (75 % de respuestas correctas), válido cinco años; el examen A2 se hace de forma presencial en la ANAC.
  • Seguro de responsabilidad civil: obligatorio por encima de 900 g (DL 58/2018, art. 10). Capitales mínimos (Portaria 2/2021): de 900 g a 1,5 kg, 0,26 millones de derechos especiales de giro; de 1,5 a 4 kg, 0,38; de 4 a 20 kg, 0,56; por encima de 20 kg, 0,75. El operador responde de los daños causados a terceros incluso sin culpa.

4 · FPV y vuelo en inmersión

Las páginas de la ANAC consultadas no nombran el FPV. Dicen que el dron permanece a la vista directa, con, en algunos casos, la ayuda de un observador — una persona situada junto al piloto, que observa el dron a simple vista. El vuelo en inmersión supone, por tanto, un observador — véase el marco europeo.

5 · Antes de cada vuelo

  • Consultar el mapa de la ANAC: aeródromos, helipuertos, zonas prohibidas, zonas temporales.
  • Número de operador en el dron, certificado si es necesario, seguro si el dron supera los 900 g.
  • De noche: la luz verde intermitente. Un observador al lado para el FPV.
Esta guía divulga: no sustituye ni los textos oficiales ni una comprobación actualizada. En caso de duda: ANAC, Diário da República.

6 · Sanciones: lo que dice la ley

En Portugal son infracciones administrativas («contraordenações»), instruidas y sancionadas por la ANAC. El DL 87/2021 se refiere expresamente a los drones. Esto es lo que prevén los textos, sin añadir nada:

  • Muy graves (DL 87/2021, art. 14): no registrarse como operador; infringir las alturas máximas; infringir las restricciones de las zonas geográficas; hacer volar a un piloto sin formación; volar cerca o dentro de zonas de siniestro. Graves: no mantener el dron a la vista directa, infringir las condiciones de las subcategorías. Leves: ejercer con cualificaciones caducadas.
  • Importes (DL 10/2004, art. 9, texto original de 2004) — para un particular: muy grave, de 1 000 a 2 500 € por negligencia y de 2 000 a 4 000 € en caso de dolo; grave, como máximo 1 500 €; leve, como máximo 1 000 €.
  • Falta de seguro obligatorio (DL 58/2018, art. 12): coima de 2 000 a 3 500 € para un particular.
  • Sanciones accesorias: suspensión de autorizaciones o certificados hasta dos años (DL 87/2021, art. 15); según el DL 58/2018 (art. 13), prohibición de actividades con drones hasta dos años y pérdida del dron a favor del Estado — el estado vigente de este artículo no está verificado.
⚠️ Los importes son los del texto original del DL 10/2004: la versión consolidada no está disponible en las fuentes consultadas y puede haberlos actualizado. Son límites máximos: la autoridad valora cada caso. Son los del texto en la fecha de verificación de esta guía (octubre de 2026) — prevalece el texto legal, no esta página.

7 · Tu responsabilidad, y lo que hace Glydar

Glydar informa; no exime de nada. Esta guía recoge fuentes oficiales pero no es una fuente oficial, no garantiza que estén completas ni actualizadas, y no equivale a una autorización de vuelo.

El piloto remoto sigue siendo el único responsable de su vuelo y de su cumplimiento, como recuerdan las condiciones de uso. Todo lo necesario para comprobarlo está al alcance: la cobertura, país por país, el mapa oficial y los textos citados a continuación.

Fuentes oficiales

FAQ

¿Puedo volar en FPV solo, sin observador?
No, no en categoría abierta: el dron permanece a la vista directa, con, en algunos casos, la ayuda de un observador situado junto al piloto. Un vuelo FPV sin observador queda fuera de la vista.
¿Puedo volar de noche?
Sí, en categoría abierta, sin autorización de la ANAC, con una luz verde intermitente activa en el dron.
¿Muestra Glydar las zonas de Portugal?
No. El mapa de Glydar no muestra la normativa de Portugal — véase la cobertura. Hay que consultar antes de volar: el mapa oficial de la ANAC.
¿Qué se arriesga en caso de infracción?
Una coima de hasta 4 000 € para un particular según el texto original consultado, la suspensión de autorizaciones hasta dos años, y posiblemente la pérdida del dron. Los casos y sus límites están en la sección Sanciones.
¿Existe una categoría específica? ¿Por qué esta guía no habla de ella?
Sí: en cuanto no se cumple una condición de la categoría abierta, la operación pasa a la categoría específica, mediante autorización operativa o declaración de un escenario estándar. Glydar no la trata: se dirige a pilotos que vuelan sobre todo por ocio, es decir, en categoría abierta, y es preferible una guía corta y verificada a una guía aproximada sobre un régimen más complejo. La guía oficial es la de la ANAC: la categoría específica.
¿Basta esta guía para volar en regla?
No: divulga la categoría abierta y remite a los textos. La responsabilidad de la comprobación es tuya — véase la sección Responsabilidad.
En el mapa

Todas estas zonas, dibujadas bajo tus hélices.

Abrir el mapa