1 · La categoría abierta
La ENAC, la autoridad italiana de aviación civil, presenta la categoría abierta como la referencia para el ocio y ciertas actividades comerciales de bajo riesgo — el marco europeo. Siguen estando prohibidos: volar a más de 120 m, fuera de la visión directa, sobre concentraciones de personas, con un dron de más de 25 kg, o con mercancías peligrosas. Las distancias, según la ENAC:
- A1 — el vuelo se planifica de modo que no se prevea ningún sobrevuelo de personas no implicadas; en caso de sobrevuelo imprevisto, se reduce su duración al máximo. Clases C0 o C1; sin marcado, menos de 250 g.
- A2 — regla 1:1 (a 50 m de altura, 50 m de las personas), 30 m como mínimo, 5 m en modo de baja velocidad (3 m/s). Clase C2.
- A3 — regla 1:1, 30 m como mínimo, y no menos que la distancia recorrida en 2 segundos a velocidad máxima; al menos 150 m de las zonas residenciales, industriales, comerciales y de ocio. Clases C0 a C4, o dron sin clase de menos de 25 kg comercializado antes del 1 de enero de 2024.
Un dron sin marcado de clase solo se admite en categoría abierta si se comercializó en el mercado europeo antes del 31 de diciembre de 2023, o si se ha construido a título privado para uso personal (no un kit listo para usar).
2 · Zonas geográficas: prevalece d-flight
Antes de cada vuelo se consultan los mapas del portal d-flight y la circular ENAC ATM-09A: contienen las zonas geográficas UAS — por seguridad operacional (alrededor de aeropuertos, helipuertos, áreas de aterrizaje), por seguridad frente a amenazas (security) y por protección del medio ambiente. En las zonas establecidas por seguridad, el vuelo en categoría abierta está prohibido; algunas zonas rojas, establecidas por otros motivos, lo admiten con el acuerdo («nulla osta») del organismo que las solicitó.
- Parques naturales: el sobrevuelo solo está prohibido allí donde la prohibición ha sido aprobada por la ENAC y publicada en d-flight. El acuerdo eventual procede del organismo gestor del parque; la ENAC precisa que las zonas mostradas están en revisión, porque son aproximadas.
- Playas: la ENAC no conoce ninguna prohibición específica de los drones; siguen vigentes la prohibición de sobrevolar concentraciones y la distancia de seguridad.
- Un vuelo solo puede impedirse — ni sancionarse el incumplimiento de una prohibición — si la información figura en d-flight: otros organismos no pueden instituir una prohibición por iniciativa propia.
⚠️ El mapa de Glydar no muestra la normativa de Italia: prevalece el mapa oficial d-flight, que debe consultarse antes de cada vuelo — véase la cobertura, país por país.
3 · Registro, formación y seguro
- Registro del operador en d-flight: se obtiene un código de identificación europeo en forma de código QR, que se coloca en cada dron. Quedan exentos los juguetes y los drones de menos de 250 g sin cámara, micrófono ni otro dispositivo de recogida de datos personales. Las tasas de registro se pagan en d-flight.
- Formación: el certificado de piloto es necesario para operar. Para un dron de menos de 250 g con cámara, no es obligatorio — siguen siendo exigibles el registro, el seguro y las reglas de la A1.
- Seguro de responsabilidad civil: obligatorio para el operador, «adecuado al tipo de operaciones»; la ENAC no cifra ningún importe.
- El operador garantiza también la formación de los pilotos, el cumplimiento del RGPD y el mantenimiento del dron.
4 · FPV y vuelo inmersivo
Según la ENAC, el FPV solo se permite con la asistencia de un observador que mantenga el contacto visual directo con el dron, sin instrumentos. El observador se sitúa junto al piloto y le da de forma continua avisos a tiempo. El piloto remoto sigue siendo, en todos los casos, responsable de la seguridad del vuelo.
5 · Antes de cada vuelo
- Consultar d-flight: zonas de seguridad alrededor de aeropuertos y helipuertos, parques naturales, zonas temporales.
- Llevar el código QR del operador en el dron, su certificado si el dron supera los 250 g, y su seguro.
- Organizar un observador a su lado para el vuelo inmersivo.
Esta guía divulga: no sustituye ni los textos oficiales ni una verificación actualizada. Las páginas consultadas de la ENAC llevan la fecha del 14 y del 15 de mayo de 2024. En caso de duda: ENAC, d-flight.
6 · Sanciones: lo que dicen los textos
La ENAC indica que las sanciones dependen del Codice della navigazione, aplicadas por la Questura provincial y, en ciertos casos, por la ENAC. Esto es lo que prevé el texto para los casos más próximos al vuelo de dron (importes en liras en el texto leído; equivalentes convertidos entre paréntesis):
- Sobrevuelo de núcleos habitados, de concentraciones o de aeropuertos sin respetar el reglamento o las órdenes de la autoridad: arresto de hasta seis meses o multa de hasta un millón de liras (unos 516 €) — art. 1228.
- Incumplimiento de una ley, un reglamento o una orden en materia de seguridad de la navegación: arresto de hasta tres meses o multa de hasta 400 000 liras (unos 206 €) — art. 1231.
- Incumplimiento de una regla de policía de los aeropuertos: sanción administrativa de dos a doce millones de liras (unos 1 033 a 6 197 €) — art. 1174.
⚠️ Estos artículos se refieren al «comandante de la aeronave» (art. 1228) o a la policía de los aeropuertos (art. 1174): la ENAC no dice, artículo por artículo, cuáles se refieren a un piloto remoto, y esta página no lo resuelve. Los equivalentes son un cálculo al tipo de conversión legal, no un texto leído. Son máximos, y prevalece el texto de la ley, no esta página.
7 · Tu responsabilidad, y lo que hace Glydar
Glydar informa; no exime de nada. Esta guía recoge fuentes oficiales pero no es una fuente oficial, no garantiza ni que estén completas ni que estén actualizadas, y no equivale a una autorización de vuelo.
El piloto remoto sigue siendo el único responsable de su vuelo y de su cumplimiento, como recuerdan las condiciones de uso. Todo lo necesario para comprobarlo está al alcance: la cobertura, país por país, el mapa oficial y los textos citados a continuación.
Fuentes oficiales
- ENAC — la categoría abierta ↗
- ENAC — limitaciones en categoría abierta ↗
- ENAC — subcategorías A1, A2, A3 ↗
- ENAC — el FPV (First Person View) ↗
- ENAC — operadores de drones (registro, seguro) ↗
- ENAC — vuelos de drones: limitaciones y reservas del espacio aéreo ↗
- d-flight — el portal oficial (registro y mapa de zonas) ↗
- ENAC — preguntas frecuentes sobre los drones ↗
- ENAC — la categoría específica (la guía oficial, que Glydar no recoge) ↗
- Codice della navigazione, parte II (arts. 1174, 1228, 1231) — copia alojada por la ENAC ↗
- Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 — normas y procedimientos aplicables a la utilización de aeronaves no tripuladas ↗