1 · La categoría abierta
El reglamento europeo se aplica en Hungría. La autoridad es la Közlekedési Hatóság (autoridad de transportes, ministerio de Transportes); la aplicación oficial es la de HungaroControl. Según su presentación de la categoría abierta: un dron de menos de 25 kg, operado en vista directa, a 120 m como máximo — véase el marco europeo. Las subcategorías:
- A1 — C0 y C1, o dron de construcción propia de menos de 250 g y 19 m/s. Un C1 no sobrevuela concentraciones; en modo «Follow me», el dron permanece a 50 m como máximo del piloto a distancia.
- A2 — C2 (menos de 4 kg): 30 m en horizontal de las personas, 5 m con el modo de baja velocidad.
- A3 — C2, C3, C4 y drones de construcción propia (menos de 25 kg): 150 m de las zonas residenciales, comerciales, industriales o recreativas.
- Un solo dron a la vez en categoría abierta.
- Edad mínima: 16 años; ninguna para un C0 juguete o en A1.
- Techo en Budapest: en la zona de control de Budapest, fuera de la zona «No Drone» del aeropuerto, la altura máxima es de 40 m (decreto 4/1998, § 4/C); lo mismo para Szolnok, Pápa y Kecskemét.
- Alcohol: está prohibido volar bajo los efectos del alcohol o de sustancias.
2 · Zonas: mydronespace
El decreto 4/1998 (§ 4/C) impone al piloto a distancia comprobar, antes de cada despegue y durante el vuelo, que el vuelo no está prohibido sobre la zona, marcando la zona de vuelo en la aplicación oficial mydronespace (gratuita) de HungaroControl. Algunas prohibiciones (§ 4/A):
- Aeropuertos: zona «No Drone» del aeropuerto de Budapest; mismas zonas para Szolnok, Pápa y Kecskemét. Alrededor de los aeródromos sin zona de control: 2 km del punto de referencia, salvo acuerdo del explotador.
- Helipuertos de emergencia: 750 m.
- Sitios protegidos: el espacio aéreo en los 300 m alrededor de las instalaciones protegidas, entre ellas las infraestructuras críticas; la central de Paks está en espacio prohibido; las zonas de protección de la naturaleza están en espacio restringido.
- Zonas habitadas: sobrevuelo solo con un «espacio aéreo puntual» concedido por el ministerio de Defensa, mediante solicitud presentada al menos 30 días antes. Las calles, parques y plazas no son una zona habitada por la mera presencia de personas.
⚠️ El mapa de Glydar no muestra la normativa de Hungría: la aplicación oficial prevalece, y se consulta antes de cada vuelo — véase la cobertura, país por país.
3 · Registro, examen y seguro
- Registro: en Hungría, sea cual sea el peso, todo dron debe estar registrado, salvo los juguetes (menos de 120 g, sin registrador de datos, que no puedan alejarse más de 100 m). Dos registros separados: el operador y el aparato, 2 000 Ft cada uno, que se solicitan al menos 10 días antes de los primeros vuelos, mediante e-Papír, por correo o en persona. Un operador ya registrado en otro Estado de la UE no tiene que repetir el registro de operador. La duración de validez no se indica en las fuentes consultadas.
- Marcado: el número de operador y el del aparato figuran en el dron.
- Examen: A1/A3 en línea; A2: práctica autónoma y examen complementario; los certificados valen 5 años. Ningún examen para un C0 si se conoce el manual de uso.
- Seguro de responsabilidad civil: obligatorio a partir de 250 g; no obligatorio por debajo. Mínimo: de 0,25 a 4 kg, 3 000 000 Ft por siniestro y 6 000 000 Ft por período; de más de 4 a menos de 20 kg, 5 000 000 Ft por siniestro y 10 000 000 Ft por período.
4 · FPV, vuelo nocturno
FPV: posible sin contacto visual continuo si un segundo «observador de dron» asiste al piloto a distancia.
De noche: posible, si el piloto a distancia respeta las condiciones de la operación y enciende una luz verde intermitente en el dron.
5 · Antes de cada vuelo
- Abrir mydronespace y marcar la zona de vuelo: es una obligación legal, no un consejo.
- Dron registrado y números en el aparato; seguro si el dron pesa 250 g o más; certificado adecuado.
- Budapest: 40 m como máximo. Zona habitada: el espacio aéreo puntual. FPV: un observador. Noche: la luz verde intermitente.
Esta guía divulga — no sustituye ni los textos oficiales ni una comprobación actualizada. Las FAQ de mydronespace datan en parte de 2021. En caso de duda: la Közlekedési Hatóság.
6 · Sanciones: lo que dice la ley
La ley de aviación (1995. évi XCVII, art. 66/A) prevé una multa aeronáutica que se refiere expresamente a la explotación de drones. Esto es lo que dice el texto, sin añadirle nada:
- Hasta 100 000 000 Ft para quien infrinja las normas de explotación de un dron — salvo los hechos que dependan de la ley sobre contravenciones (2012. évi II), cuyo baremo no se indica aquí.
- Puede imponerse de nuevo (repetida) y solo prescribe a los cinco años.
- El operador responde de la infracción; en el caso de un dron no registrado, su autor.
- La impone la autoridad de aviación, o la policía si el procedimiento se inició en ella. Un hecho que constituye un delito conlleva consecuencias penales.
Son límites máximos: la autoridad valora cada caso. El texto es el de la copia consultada (versión fechada en diciembre de 2025) — prevalece el texto de la ley, no esta página.
7 · Tu responsabilidad, y lo que hace Glydar
Glydar informa; no exime de nada. Esta guía recoge fuentes oficiales pero no es una fuente oficial, no garantiza ni que estén completas ni que estén actualizadas, y no equivale a una autorización de vuelo.
El piloto a distancia sigue siendo el único responsable de su vuelo y de su cumplimiento, como recuerdan las condiciones de uso. Todo lo necesario para comprobarlo está al alcance: la cobertura, país por país, el mapa oficial y los textos citados a continuación.
Fuentes oficiales
- Közlekedési Hatóság — registro de drones (UAS) ↗
- Közlekedési Hatóság — ficha oficial en inglés sobre los drones ↗
- HungaroControl — mydronespace: volar un dron ↗
- HungaroControl — mydronespace: preguntas frecuentes ↗
- HungaroControl — mydronespace: el piloto a distancia ↗
- Közlekedési Hatóság — la categoría específica (la guía oficial, que Glydar no recoge) ↗
- njt.hu — ley 1995. évi XCVII de aviación (art. 66/A: multa) ↗
- njt.hu — decreto 4/1998 sobre la utilización del espacio aéreo ↗
- njt.hu — decreto 39/2001 sobre el seguro (§ 2/A) ↗
- Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 — normas y procedimientos aplicables a la utilización de aeronaves no tripuladas ↗